Se deberá aumentar el límite monto de retiro, lo cual permitirá disminuir la frecuencia de asistencia a los ATM. Exigen mantenerlos debidamente higienizados.
La SUPERINTENDENCIA DE BANCOS del BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY informó hoy a las Entidades Financieras con Cajeros Automáticos los siguientes requisitos para la operación de los ATM:
- Evitar el ingreso de más de una persona al espacio del ATM. De ser posible, implementar mecanismos de seguridad que puedan realizar el control.
- Instar al mantenimiento de distancia de 2 metros entre las personas de la fila. A fin de garantizar el distanciamiento, se deberán marcar las distancias sugeridas entre las personas mediante cintas adhesivas u otros mecanismos.
- Aumentar el límite monto de retiro. Permitirá disminuir la frecuencia de asistencia a los ATMs, así como el tiempo de permanencia en el recinto.
- Poner a disposición de clientes lavabos. Las sucursales bancarias deberán tener en su acceso lavabos para el lavado de manos, tanto para el ingreso como al salir.
- Mantener higienizado tanto el recinto como el ATM. A fin de llevar un registro de la higienización, las entidades deberán poner a la vista una planilla de los horarios en los que fue realizada, la cual deberá efectuarse por lo menos dos veces al día, hasta el 30 de junio de 2020.
- Proteger al personal de limpieza. El personal de limpieza deberá tener todo el material necesario para realizar su labor, así como garantizar su protección.
Además, los cubículos de ATM deberán contar con afiches con las siguientes recomendaciones:
* Evitar tocar las áreas dentro del espacio del ATM.
* Evitar el uso del ATM, si el cliente se encuentra con gripe o resfriado.
* Cubrir la boca y nariz con el codo o pañuelo mientras estornuda o toce.
* Utilizar de alcohol en gel antes y después del uso del cajero automático.
* Evitar dejar en el sitio pañuelos desechables utilizados.
* Utilizar las plataformas de pagos ofrecidas por la entidad para fomentar las transacciones comerciales sin uso de efectivo.
Adicionalmente, las entidades financieras deberán gestionar la contratación de asesores en materia sanitaria que permita adoptar prácticas y operativas acordes con las buenas prácticas para evitar el contagio del COVID-19.
Las recomendaciones y medidas aplicadas realizadas en el ámbito de esta circular deberán ser informadas a la Superintendencia de Bancos antes del 12 de abril.