El Ejecutivo propone que las inversiones y gastos realizados por las Binacionales para apoyar a los distintos organismos y entidades del Estado, se podrán incorporar y ejecutar a través del PGN con la firma de convenios entre ambas partes.
De acuerdo a la argumentación del veto total al proyecto de Ley de transferencia de inversiones sociales de Binacionales al Presupuesto General de la Nación, se menciona que las binacionales son las únicas que tienen atribuciones para diseñar y ejecutar los programas destinados a los gastos socioambientales.
Además señala que el control de los gastos derivados de dichos programas, debe efectuarse en el marco de lo que disponen los tratados internacionales y no puede ser sometido a la voluntad de una de las partes, fuera de los procedimientos previamente aprobados por sus Altas Partes
Menciona asimismo que los recursos de las entidades binacionales deben ser transferidos a los Estados Partes, en la forma y condiciones previstas en sus tratados constitutivos, y ninguna ley interna, de los países que la integran, puede determinar exigencias adicionales, cualquiera sea su cuantía, concepto o destino.
Por todos los argumentos legales expuestos, el Ejecutivo considera que el citado proyecto se torna inconstitucional.
PROPUESTA DEL EJECUTIVO
El Poder Ejecutivo propone transparencia sin violar la Constitución ni tratados Internacionales. En este contexto señala que las inversiones y gastos realizados por las Entidades Binacionales para apoyar a los distintos organismos y entidades del Estado, se podrán incorporar y ejecutar a través del Presupuesto General de la Nación, con la firma de convenios entre ambas partes.
Además que se debe establecer claramente el objeto de los convenios (bienes o servicios o servicios a ser adquiridos con los recursos, el monto, entre otros).
Y que los recursos acordados se incorporarán al presupuesto de cada Organismo y Entidades del Estado a través de un decreto, con lo cual se podrán ejecutar dichos recursos, conforme a las normas que la rigen.
Las autoridades nacionales dieron a conocer todos estos aspectos legales y constituciones tenidos en cuenta por el Ejecutivo para el veto total. Fue durante una conferencia de prensa, en la sede de la Cancillería Nacional.
“El Artículo 238, Numeral 4 de la Constitución Nacional faculta al que ejerce la Presidencia de la República a vetar total o parcialmente las leyes sancionadas por el Congreso Nacional y en ese sentido el Presidente de la República acaba de vetar la ley 6.640 que introduce los gastos socioambientales de las entidades binacionales ITAIPÚ y EBY al Presupuesto General de la Nación”, indicó el Canciller Nacional, Federico González, quien apuntó que el Gobierno Nacional dispone de alternativas para seguir dando transparencia al proceso de utilización de los gastos socioambientales.
Asimismo el ministro Juan Ernesto Villamayor, Secretario General y Jefe del Gabinete Civil de la Presidencia de la República, mencionó que no se debe desconocer que los tratados internacionales ocupan un lugar preponderante en el marco del sistema jurídico.
SE APUESTA A SEGUIR CON LA TRANSPARENCIA Y EL CONTROL
El Secretario de Estado enfatizó que el Ejecutivo no pretende obstaculizar el proceso de transparencia.
“Buscamos no obstaculizar el proceso de acceso a la información por parte de la ciudadanía”, significó el ministro Villamayor.
Añadió que se apunta a establecer todos los mecanismos administrativos y legales para el control de los recursos en caso de existir un acuerdo entre las partes.
“Se debe garantizar la participación del sistema licitatorio en el caso de que existan los acuerdos entre la entidad binacional y la unidad beneficiada y garantizar la participación de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas. Todo esto en base a una sugerencia del Presidente de la República que se llevará adelante incorporándose una norma a la estructura presupuestaria de la mano del Ministerio de Hacienda”, explicó.
Por su parte el titular de la cartera de Hacienda, Óscar Llamosas indicó que la línea del mandatario es clara con relación a la transparencia y el control de los gastos socioambientales.
“Hemos trabajado en una disposición legal que nos permitirá garantizar ambas cuestiones (Transparencia y control) sin ir contra el tratado y mantener la institucionalidad. Esta disposición permitirá que tanto las inversiones y los gastos realizados por las entidades Binacionales, para apoyar financieramente la ejecución de proyectos o la compra de bienes y servicios a los distintos organismos y entidades del Estado, se incorporé y ejecuten a través del Presupuesto General de la Nación y se rijan por las disposiciones legales aplicadas a las mismas. En ese sentido está disposición autoriza a los organismos y entidades del Estado a la firma de convenios de cooperación con las entidades Binacionales”, aclaró.