El Ejecutivo emitió el nuevo decreto que establece las medidas sanitarias por la pandemia del covid-19. La normativa, entre otras cosas, señala que el Ministerio de Salud y la Secretaría Nacional de Deportes (SND) podrán autorizar la presencia de público en estadios.
Entre los principales cambios, se permite la práctica deportiva colectiva de entretenimiento y competencias de nivel amateur, siguiendo las medidas sanitarias vigentes. En los decretos anteriores, la práctica de deportes amateur estaba limitada hasta 7 personas por equipo.
Las clases deportivas grupales en academias, gimnasios y polideportivos están permitidas en espacios abiertos y cerrados, siempre que se garanticen cuatro metros de distancia entre cada persona y se cumplan con los protocolos sanitarios vigentes de lavado de manos y uso de tapabocas.
El decreto también señala que el Ministerio de Salud y la Secretaría Nacional de Deportes (SND) podrán autorizar la presencia de público en estadios, conforme al protocolo diseñado para esta actividad.
Otra de las flexibilizaciones incluye a las actividades culturales y recreativas con un aforo de hasta el 50% de la capacidad del lugar y todo tipo de actividades del sector, que serán verificadas por la Secretaría Nacional de Cultura (SNC) en coordinación con autoridades sanitarias y municipales.
En tanto que la circulación estará habilitada de 05:00 a 02:00, con la excepción de servicios esenciales que podrán circular las 24 horas.
Las instituciones educativas estarán sujetas al protocolo aprobado por el Ministerio de Salud y el Ministerio de Educación (MEC) para el retorno seguro a clases y se mantendrá la modalidad semi-presencial.
En tanto que las instituciones universitarias podrán impartir clases en la modalidad semipresencial, siempre y cuando cuenten con el parecer favorable del Consejo Nacional de Educación Superior (Cones), señala el documento.