La Cámara de Senadores sancionó la propuesta legislativa que autoriza el uso de los recursos del FONACIDE para honrar el pago de las deudas que el Ministerio de Salud cuenta con sanatorios privados en el marco de la pandemia del COVID-19.
Se trata del proyecto de Ley “Que modifica y amplía la Ley Nº 6742/2021 ´Que crea el Fondo Nacional de Cobertura a pacientes hospitalizados con COVID-19”, presentado por varios diputados nacionales.
La normativa pretende que los saldos en cuenta no comprometidos, provenientes del artículo 3 de la Ley 4758/2012 Fondo Nacional de Inversión Pública y Desarrollo (FONACIDE) y sus modificatorias, sean utilizados hasta un monto de 40 millones de dólares.
Asimismo, indica que una vez finalizada la declaración de emergencia nacional por la pandemia del COVID-19, se faculta al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, a disponer los mecanismos pertinentes para la reposición de los recursos afectados en el FONACIDE.
Se establece que la autoridad de aplicación de la ley será ejercida por el Ministerio de Salud Pública, en coordinación con los demás actores del sistema de salud pública.
El Ministerio de Salud, a través de la reglamentación pertinente, establecerá la cobertura de los gatos durante la hospitalización de las personas con diagnóstico de COVID-19 en las entidades prestadoras de servicios de salud de los sectores públicos, privados y previsionales; como así también, el listado de medicamentos, insumos y estudios de diagnóstico necesarios para su tratamiento.
La senadora Desirée Masi comunicó a sus colegas que recibieron el informe del Ministerio de Salud el monto que se debe en realidad, qué sería de aproximadamente 44 millones de dólares. Asimismo, anunció su apoyo al proyecto tal cual proviene de la Cámara de Diputados.
Igualmente, otros legisladores intervinieron en el estudio de este tema alegando la importancia de aprobarlo para que el sector privado siga asistiendo a pacientes con COVID-19 en caso de que exista otro rebrote de la enfermedad.
Luego de un breve debate el documento fue aprobado sin modificaciones y se remite al Poder Ejecutivo, para su promulgación o veto.