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domingo, noviembre 24, 2024

Sobre «Mapa Genético ANR», de Carola González Alsina. Tercera parte.

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Martín Duarte prosigue la reseña del libro «Mapa Genético ANR» de Carola González Alsina, abordando la relación del coloradismo con el liberalismo político, en especial respecto de las ideas de libertad e igualdad.

En el anterior posteo, comenté cómo en su libro «Mapa Genético ANR», Carola González Alsina rastrea el par de categorías república-democracia en el discurso de los intelectuales paraguayos que marcaron la doctrina de la Asociación Nacional Republicana.

Me interesa ahora reseñar la lectura de la autora sobre las categorías de igualdad-libertad, claves para entender la relación de la doctrina colorada con la tradición más amplia del liberalismo político.

En líneas generales, se puede afirmar que el liberalismo angloamericano se distingue de la vertiente francesa en que el primero pone el foco en la libertad, mientras que el segundo lo hace en la igualdad. Como se sostuvo en las entregas anteriores, es innegable un matiz de corte liberal en el Manifiesto fundacional. Ahora bien, ¿a qué liberalismo remiten los discursos de nuestros intelectuales colorados? Es esa la pregunta que Carola González Alsina busca responder en el apartado dedicado a estas dos categorías centrales del pensamiento político moderno.

En este sentido, podemos seguir rastreando las diferencias entre ambos liberalismos. En primer lugar, la autora sostiene que el demos angloamericano se distancia del demos de Rousseau. Para entender dicha diferencia, es necesario analizar el concepto de pueblo. Así lo precisa González Alsina (h): “Podríamos inferir, sin caer en determinismos o relativismos, que, a partir de la base cultural inglesa (de la cual el lenguaje es una de sus manifestaciones), el pueblo es una composición sumatoria en la cual pueden distinguirse las individualidades, y que, por ende, la existencia individual retiene su dimensión particular por sobre la generalidad que compone. El caso francés, sin embargo, remite a una totalidad diferente de la mera sumatoria de individualidades; la composición popular no equivale a la suma de las particularidades, sino que es producto de las articulaciones que se dan en el seno de las unidades particulares”.

Esto quiere decir que el pueblo, o la comunidad, es comprendido como las múltiples articulaciones entre individualidades que sin embargo arroja como resultado no la suma de las partes, sino una entidad sui generis, de nuevo tipo, distinta en naturaleza que la individual.

Así pues, esta perspectiva política postula un punto de vista de lo social positivo, con sus propias legalidades y características, la cual marcará fuertemente a la disciplina sociológica a partir de la formulación del hecho social como categoría central de la sociología de Durkheim.

Siguiendo con las diferencias entre la tradición francesa y anglosajona, el termino libertad es también tematizado desde distintos presupuestos filosóficos. En el caso angloamericano, el Estado y las leyes son garantes de una libertad que aparece ya como dada, es decir como natural. Las leyes y el Estado deben garantizar dicha libertad, tal como lo planteaba Locke. Por el contrario, Rousseau considera a la ley no como coronación de la libertad, sino como remedio contra una desigualdad natural. Las leyes no garantizan una libertad ya dada, sino que construyen las normas de convivencia que posibilitarían la coordinación entre libertad e igualdad.

También el concepto de igualdad será tematizado desde distintos presupuestos filosóficos. En Rousseau, se postula una desigualdad natural cuyo remedio serán las leyes basadas en la voluntad general. Resalta también en la tradición francesa la solidaridad como elemento sine qua non de la igualdad. Por su parte, la igualdad caracterizada por el liberalismo angloamericano pone el centro en la igualdad ante la ley, en la igualdad formal frente al poder soberano.

Ahora bien, retomando el interrogante inicial respecto de a cuál liberalismo remite el discurso doctrinario de la ANR, Carola González Alsina considera que para entender el accionar político de los partidos tradicionales resultan más operativas categorías individualista y no-individualista, antes que el clásico par izquierda/derecha: “Digo no-individualista en vez de socialista para evitar confusiones, ya que, a su vez, este vocablo ha tenido su trayectoria ideológica y tampoco tiene contenidos unívocos.”, puntualiza la autora.

Luego de este breve recorrido conceptual e histórico de las categorías que nos ocupan en este apartado, González Alsina (h) se aboca a explorar la recepción local de dichas elaboraciones filosóficas y políticas occidentales.

En este sentido, recupera los discursos de Manuel Domínguez, Mallorquín y Natalicio Gonzales, quienes, en diferentes épocas, señalan antecedentes de libertad e igualdad- ligados al reclamo de autodeterminación popular, ya en la época colonial.

Por su parte, Domínguez, citando textualmente a Félix de Azara, expresa: “Todos convienen en considerarse iguales sin conocerse aquello de nobles y plebeyos. Todavía en el Paraguay hay una igualdad que ha de asustar al aristócrata […] Era una democracia”

Natalicio González, tal como sostiene la autora, desde la perspectiva de la conquista progresiva de ´La libertad´ a partir de conquistas de libertades parciales afirma lo siguiente: “Desde los lejanos orígenes de la nueva nación, el paraguayo se conquista el derecho de elegir y de ser elegido; una Real Cédula lo consagra y la costumbre no le deja desvanecerse. Después enuncia su derecho a beneficiarse de los impuestos que inciden sobre los productos creados por la conjunción de las riquezas de la tierra y el trabajo de sus moradores. Se alza contra los latifundios, contra el monopolio de los caminos, de los medios de transportes y de las fuentes de producción. […] Va creando normas que tienen como compensación el goce de alguna nueva libertad”.

Siguiendo con la exposición, Mallorquín igualmente reenvía la operatividad histórica de libertad e igualdad en el Paraguay a los tiempos coloniales: “proclamando los derechos del pueblo con la revolución de los comuneros, adelantándose a su tiempo, casi un siglo antes que sus hermanas, y aún, mucho antes, que las ´Declaraciones de los derechos del hombre y del ciudadano´ de la gran revolución  francesa”

Vemos entonces que los autores mencionados rastrean en el lejano mundo colonial los primeros signos embrionarios de los valores políticos universales, incluso Mallorquín señala la primacía de estos valores en nuestra historia local aún antes en el tiempo que la gran revolución francesa.

Ahora bien, Carola González Alsina considera que no hay documentos suficientes que validen la idea postulada por Domínguez consistente en un supuesto igualitarismo colonial. Asimismo, descarta la explicación de una influencia cristiana católica como paradigma igualitario por las siguientes razones: “uno, la política de conversión de la Iglesia Católica ligada a la Corona española, que discriminaba a los ´salvajes´ de los cristianos. La espada y la cruz fueron las armas de dominación no- igualitaria. Lo otro es la ´relajación de la moral cristiana´ que tantos religiosos u otros recién llegados veían en el régimen de convivencia en la Provincia del Paraguay”.

Por otra parte, la autora considera que la recepción de las ideas políticas occidentales en nuestro país estuvo signada más por la tradición francesa antes que inglesa. Considera la situación de aislamiento geográfico y la inexistencia de los flujos comerciales ingleses que desembarcaron en el Rio de la Plata como causas de esta nula recepción de ideas inglesas: “Mientras en la historia paraguaya no hay referencia o cita de ingleses entre el periodo de la caída del dominio español y la muerte del dictador Francia sí se hacen alusiones a franceses.”

En cuanto al contexto histórico en el que se anuncia esta fuerte vocación democrática centrada en la igualdad y la libertad, cabe resaltar que dichas categorías fueron tematizadas desde el Partido Colorado en oposición polémica con el marco institucional liberal e individualista plasmada en la Constitución del ’70, impuesta por los vencedores sobre los escombros de la patria. Nuestros intelectuales, en un proceso de incorporación cada vez mayor de ideas universales, tales como la igualdad, la libertad, la propiedad, la solidaridad, trataron de conciliar la universalidad de dichas ideas sin menoscabar la particularidad de la nación.

Por lo tanto, frente a un orden jurídico impuesto desde afuera, de un liberalismo a ultranza, que discrepaba con la idiosincrasia y el ser nacional, el partido colorado tomó la bandera de la defensa de la autoctonía frente a los ideales extranjerizantes: “el ejercicio político de la ANR se abocó permanentemente a la búsqueda de intersticios constitucionales que permitieran introducir modalidades prácticas para mitigar el carácter individualista subyacente al modelo liberal”.

Profundizando su aserción, la autora cita a Ezequiel Gonzales Alsina, quien señala que el sentimiento antiindividualista estaba ya presente en el Manifiesto fundacional: “se hace sentir con expresiones tan claras como ´leyes protectoras’, ‘reforma’, ‘bienestar´, un trasfondo de insatisfacción con las estructuras vigentes, con las cuales, sin embargo, hay que gobernar”.

Para finalizar este apartado, cabe resaltar la concepción que el Partido Colorado elaboró de las leyes como protectoras del pueblo. Es decir, la matriz ideológica del coloradismo concibió que las leyes deben proteger al pueblo y que surgen de la voluntad popular, por lo tanto las leyes deben estar sujeta a revisión, a reforma, en todo momento, según las necesidades del pueblo:

“Las leyes sabias y protectoras de las que nos habla el Manifiesto y, que las hubo, las más vanguardistas, las de carácter reparador de las desigualdades , fueron todas elaboradas e impulsadas por el Partido Colorado. Basta ver en la memoria legislativa del Paraguay que fueron políticos colorados quienes propusieron y obtuvieron la consagración del derecho de los trabajadores en las jornadas laborales de ocho horas, la igualdad cívica de las mujeres, fundamentando el papel activo y protector del Estado adelantándose en décadas a la consagración de la teoría del Estado de Bienestar”, señala González Alsina (h).

Así pues, puede afirmarse que luego de la posguerra del ’70 el Partido Colorado fue un actor político que bregó por un Estado responsable, con sus funciones expandidas para proteger al pueblo y “que no fuera un mero espectador del aciago panorama de la supervivencia”.

Asimismo, cabe resaltar el esfuerzo de los políticos colorados por mejorar la situación del campesino agricultor: “Con igual coherencia puso en evidencia el abandono del campesino y actuó en consecuencia, a partir de la ley de Colonización y Hogares, 1905 (Homestead). Con acierto y fracasos, el Partido Colorado ha impulsado los derechos del campesino agricultor y ha sido el responsable sistemático de buscar su bienestar.”

Entonces, vemos que el Partido Colorado, desde su fundación, ha reivindicado la búsqueda de libertad e igualdad mediante las leyes, concebidas éstas como instrumento reparador de las desigualdades fundamentales.

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