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jueves, septiembre 3, 2026

Paraguay refuerza el control de sus carreras universitarias

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El Decreto N.º 6713 incorpora nuevas herramientas para el seguimiento de las carreras cuya acreditación es obligatoria. La ANEAES deberá identificar aquellas que todavía no fueron evaluadas y las que tienen su acreditación vencida o próxima a vencer. El cambio apunta a fortalecer un sistema de educación superior que creció rápidamente y que ahora necesita acompañar ese crecimiento con controles permanentes de calidad.

Durante años Paraguay construyó buena parte de su sistema universitario alrededor de una pregunta sencilla: si una carrera estaba habilitada para funcionar. Miles de familias tomaron decisiones importantes confiando en esa autorización. Pero la habilitación y la acreditación cumplen funciones distintas. La primera permite ofrecer una carrera; la segunda evalúa periódicamente si esa formación cumple criterios de calidad. En un sistema que creció con rapidez, controlar esa segunda dimensión se volvió indispensable.

El Decreto N.º 6713, firmado el 31 de agosto de 2026, modifica la estructura orgánica de la Agencia Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior y crea la Dirección General de Investigación, Innovación y Formación para la Calidad. Entre sus funciones incorpora una tarea concreta: realizar el seguimiento permanente del estado de acreditación de las carreras cuya evaluación es obligatoria, identificando aquellas que no fueron evaluadas y las que tienen su acreditación vencida o próxima a vencer.

La medida también permite ordenar mejor las convocatorias. La nueva Dirección deberá producir estudios e informes sobre el sistema de aseguramiento de la calidad y, sobre esa base, proponer criterios objetivos para priorizar los procesos de evaluación y acreditación. La información deja de servir únicamente para describir lo ocurrido y pasa a utilizarse para decidir dónde concentrar primero la capacidad evaluadora del Estado.

Otro componente del decreto apunta directamente a quienes realizan las evaluaciones. La nueva estructura tendrá a su cargo la formación inicial y continua de los pares evaluadores, así como la administración y actualización de su registro, incluyendo habilitación, categorización, trayectoria formativa y desempeño. La calidad de una evaluación depende también de la preparación, experiencia y actualización de quienes deben examinar a las instituciones y emitir los informes técnicos.

Para el estudiante, este fortalecimiento debe traducirse en información clara y oportuna. Una carrera universitaria representa años de estudio, cuotas, transporte y esfuerzo familiar. Quien se matricula tiene derecho a conocer si la carrera está habilitada, si su acreditación es obligatoria, si fue evaluada y cuál es el estado de esa acreditación. El control público cumple mejor su función cuando permite tomar decisiones informadas antes de comenzar los estudios.

El Decreto N.º 6713 acompaña una política más amplia de fortalecimiento del aseguramiento de la calidad. El Gobierno de Santiago Peña ha planteado avanzar gradualmente hacia una mayor articulación entre habilitación, acreditación y registro de títulos. Ese proceso necesita previsibilidad para las instituciones y capacidad suficiente en la ANEAES para responder a un universo creciente de carreras. Seguimiento, investigación, formación de evaluadores y priorización de convocatorias forman parte de esa capacidad institucional.

Paraguay multiplicó durante décadas su oferta de educación superior. El paso que corresponde ahora es asegurar que ese crecimiento esté acompañado por mecanismos de evaluación capaces de seguir el recorrido de las carreras y advertir a tiempo dónde existen obligaciones pendientes. El Decreto N.º 6713 pone nuevas herramientas al servicio de esa tarea. Para estudiantes, familias, universidades y para el propio país, fortalecer el control de la calidad universitaria significa proteger el valor de la formación y la confianza depositada en ella.

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