Con el despliegue de elementos de combate en la Región Oriental, el Gobierno asume una decisión de coraje institucional frente a amenazas reales del crimen organizado y el terrorismo. No es un gesto militarista, sino una respuesta legal y política a una demanda social mayoritaria: recuperar presencia estatal donde el miedo y la impunidad intentan mandar.
El Decreto N.° 5554 debe leerse como lo que es: una decisión política de Estado, tomada a la vista de una presión real sobre la seguridad interna, y con el coraje institucional de asumir que la amenaza ya no se responde con comunicados, sino con presencia efectiva y coordinación operativa. En un país atravesado por el avance del crimen organizado transnacional, economías ilegales y enclaves de violencia, la inacción “prudente” suele ser apenas otra forma de abandono. El gobierno, en cambio, elige gobernar donde se le exige: en el territorio.
No estamos ante un capricho militarista, sino ante una medida encuadrada en competencias explícitas. El propio decreto invoca el artículo 238, numerales 5 y 9, de la Constitución, que atribuyen al Presidente la potestad reglamentaria por decreto con refrendo ministerial y su condición de Comandante en Jefe, con el deber de disponer y organizar las Fuerzas Armadas para la defensa nacional, además de la Ley N.° 1337/1999 de Defensa Nacional y Seguridad Interna (modificada por la Ley N.° 5036/2013), que conceptualiza la defensa como políticas y acciones del Estado frente a agresiones internas y externas que pongan en peligro la soberanía, el orden constitucional y la integridad territorial. No es “suspender derechos”; es activar deberes estatales.
La pregunta de fondo es más incómoda para cierta comodidad ideológica: ¿qué Estado se defiende si renuncia a defender a su población cuando la amenaza se organiza, se financia y se arma mejor que muchas oficinas públicas? Max Weber recordaba que el Estado se define, en última instancia, por el monopolio de la violencia legítima. Cuando ese monopolio se erosiona por capturas territoriales o por la intimidación criminal, lo que retrocede no es una abstracción, sino la libertad concreta de la gente: trabajar, circular, producir, estudiar, vivir sin pagar peaje a actores armados de facto.
Por eso también conviene poner en su lugar el purismo de ciertas posiciones clásicas de derechos humanos cuando se vuelven un lenguaje automático, desconectado de la realidad social que dicen proteger. Los derechos no son amuletos retóricos ni fórmulas para desentenderse del problema; son exigencias que necesitan instituciones capaces de garantizar condiciones mínimas de seguridad. Norberto Bobbio insistía en que el desafío histórico no es “fundamentar” derechos en el aire, sino hacerlos efectivos. Y no hay efectividad posible cuando el miedo manda, el delito controla y el Estado llega tarde.
Los críticos suelen plantear una falsa alternativa: o seguridad o derechos. Esa dicotomía es intelectualmente cómoda y políticamente irresponsable. La seguridad interna —bien conducida, con reglas claras, control civil, proporcionalidad y sujeción estricta a la ley— es condición de posibilidad de los derechos, no su enemigo natural. El primer derecho que se vuelve papel mojado en territorios capturados es el derecho a la vida; después caen la libertad y la propiedad; finalmente, la igualdad ante la ley. Defender derechos implica impedir que los conviertan en privilegios para quienes pueden pagarse protección privada.
Además, esta decisión no nace en un vacío tecnocrático: responde a una demanda social mayoritaria que viene acumulando hartazgo ante la expansión del delito, el temor cotidiano y la sensación de intemperie estatal. En democracia, la sensibilidad popular no reemplaza a la Constitución, pero sí interpela la obligación del gobierno de dar respuesta. Y cuando la sociedad pide presencia, coordinación y autoridad legítima, el Estado no puede contestar con seminarios. La autoridad pública no es arrogancia; es responsabilidad.
Quien mira el decreto con honestidad ve, sobre todo, un mensaje: el Estado no se repliega. Se planta. Y hacerlo con instrumentos legales, enmarcando la intervención, asignando responsabilidades operativas y explicitando fundamentos, es preferible a la improvisación o a la “zona gris” donde se diluyen controles y nadie rinde cuentas. El coraje aquí no es el gesto grandilocuente, sino asumir el costo político de tomar medidas antipáticas para minorías ruidosas pero necesarias para mayorías silenciosas
La vara para evaluar esta política, por supuesto, debe ser alta: resultados en reducción de capacidad operativa de organizaciones criminales, coordinación real con fuerzas de seguridad, respeto a la legalidad, controles efectivos y transparencia en el uso de la fuerza. Pero la discusión adulta empieza reconociendo lo esencial: el gobierno optó por una respuesta de Estado frente a amenazas serias, y lo hizo dentro de marcos jurídicos que el propio decreto expone. En tiempos de incertidumbre, defender la vida y la libertad de la gente común no es “mano dura”; es, simplemente, el primer mandato de la República.



