Mediante el decreto N.º 4.122/25, el presidente Santiago Peña dispuso el aumento del salario mínimo legal vigente en 3,6 %, en base al índice de inflación del último año. La medida entra en vigor este 1 de julio.
El presidente de la República, Santiago Peña, firmó el decreto N.º 4.122/25 que establece el reajuste del salario mínimo legal, el cual se incrementa en G. 100.739 y pasa a ser de G. 2.899.048 mensuales. El jornal mínimo queda establecido en G. 111.502. La medida entra en vigencia desde este martes 1 de julio.
La decisión se tomó conforme a la recomendación del Consejo Nacional de Salarios Mínimos (Conasam), que propuso un ajuste del 3,6 %, en base a la variación interanual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) proporcionado por el Banco Central del Paraguay.
Durante su jornada de Gobierno en el departamento Central, el presidente Peña expresó que, si bien se reconoce la necesidad de ajustar el salario mínimo, el debate de fondo debe enfocarse en la situación de los trabajadores que aún no alcanzan ese umbral.
“Más del 50 % de los trabajadores en Paraguay no perciben el salario mínimo”, señaló el mandatario, y sostuvo que el reajuste es una medida necesaria, pero insuficiente para resolver los desafíos estructurales del mercado laboral.
El Ejecutivo recordó que la Ley vigente establece que el salario debe ser reajustado anualmente de acuerdo con la evolución de la inflación, para mantener el poder adquisitivo de los trabajadores.



